Debido a que los dos candidatos que se presentan para las próximas elecciones a Intendente de Las Parejas, Dr. Diego Mansilla del Frente para la Victoria PJ, y Dr. Claudio Recanatesi por el Frente Progresista Cívico y Social, son de partidos distintos y sus partidos presentan única lista de candidatos, el próximo 2 de setiembre no se realizarían las elecciones Primarias en esta ciudad.
A continuación, la modificación de la ley 12367 y su reglamentación.
La Legislatura de la Provincia de Santa Fe sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Modificase el artículo 2 de la ley número 12367 – Sistema de elecciones primarias y obligatorias, para cargos provinciales, municipales y comunales, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2: Elecciones. Realización. Las elecciones primarias y las elecciones generales serán convocadas por el Poder Ejecutivo Provincial, fijándose la fecha de elección primarias, abierta, simultánea y obligatoria con una antelación no menor a sesenta (60) días del acto del acto eleccionario general y no mayor a noventa (90) días corridos.
Cuando la elección general a cargos públicos electivos refiera exclusivamente a cargos municipales y comunales y se verifique en uno o más municipios o comunas que todos los partidos políticos, confederación de partidos políticos o alianzas electorales participantes de la elección, hayan presentado una única lista de candidatos, cada uno de ellos, no se realizará el acto comicial de elección de precandidatos. En tales casos el Tribunal Electoral de la Provincia, previa verificación de los requisitos establecidos en la legislación vigente, oficializará las listas proclamando candidatos a quienes las integren, para la elección general.”
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, a los cinco días del mes de marzo de dos mil nueve.
Firmado: Eduardo Alfredo Di Pollina - Presidente Cámara de Diputados
Griselda Tessio - Presidenta Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico - Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
Diego A. Giuliano - Secretario Legislativo Cámara de Senadores
Decreto Nº 0454
Santa Fe, 25 Marzo 2009
El Gobernador de la Provincia
Visto :
La aprobación de la Ley que antecede Nº 12.966 efectuada por la H. Legislatura;
D ecreta:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
Firmado: Hermes Juan Binner
Antonio Juan Bonfatti
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